Usted tiene derechos en caso de tener un problema o un reclamo sobre la atención médica que recibe. Obtenga más información sobre reclamos, determinaciones de cobertura y el proceso de apelaciones para la atención médica a continuación. Usted tiene el derecho de obtener información sobre apelaciones, reclamos y excepciones que otros miembros hayan presentado en contra de nuestro plan. Llame al Departamento de Servicios para Miembros al 1-855-463-0933 (TTY: 711), de 08:00 a. m. a 08:00 p. m., los siete días de la semana.
Consulte la sección sobre reclamos, determinaciones de cobertura y apelaciones de la Parte D para obtener información sobre estos procesos para los medicamentos con receta de la Parte D.
Comuníquese con la Oficina del Defensor de Medicare (OMO) para obtener ayuda con un reclamo, una queja o para solicitar información.
Para más información sobre la cantidad total de quejas, apelaciones y excepciones con el plan de salud, comuníquese con el Departamento de Servicios para Miembros al 1-855-463-0933 (TTY: 711), de 08:00 a. m. a 08:00 p. m., los siete días de la semana.
Usted tiene el derecho de presentar un reclamo en caso de tener un problema o una inquietud sobre la atención médica o los servicios médicos que recibe. El nombre formal para “presentar un reclamo” es “interponer una queja”. Una queja es un reclamo o una disputa. El proceso de reclamos se aplica solo a determinados tipos de problemas. La información que nos proporcione será confidencial.
El proceso de reclamos se aplica solo a determinados tipos de problemas. Entre ellos se incluyen los problemas relacionados con la calidad de la atención, los tiempos de espera y el servicio al cliente.
Si tiene alguno de estos problemas, puede presentar un reclamo.
Calidad de su atención médica
Respeto por su privacidad
Falta de respeto, mal servicio al cliente u otros comportamientos negativos
Reclamos sobre la accesibilidad física
Reclamos sobre barreras lingüísticas
Limpieza
Tiempos de espera
Información que recibe de nuestro plan
Oportunidad de las acciones relacionadas con las determinaciones de cobertura y apelaciones
Siga este proceso para presentar un reclamo. Si tiene preguntas, llámenos al Departamento de Servicios para Miembros al 1-855-463-0933 (TTY: 711), de 08:00 a. m. a 08:00 p. m., los siete días de la semana.
Paso 1: Contáctenos
Independientemente de si llama o escribe, debe ponerse en contacto de manera inmediata con Servicios para miembros. El reclamo se puede realizar en cualquier momento, a menos que solicite una medida correctiva, en cuyo caso se debe realizar en el plazo de 60 días calendario luego de tener el problema sobre el que desea realizar un reclamo.
Primero llame al Departamento de Servicios para Miembros al 1-855-463-0933 (TTY: 711), de 08:00 a. m. a 08:00 p. m., los siete días de la semana. Le informaremos lo que debe hacer.
Si no desea llamar (o ya llamó y no se siente satisfecho), envíenos su reclamo por escrito a:
Procedimiento formal de reclamos
Si nos escribe, significa que usaremos nuestro procedimiento formal para responder las quejas. Esta es la manera en que funciona:
Paso 2: Revisamos su reclamo y le proporcionamos una respuesta.
También puede presentar reclamos sobre la calidad de la atención ante la Organización para la mejora de la calidad. Usted puede realizar un reclamo sobre la calidad de la atención que recibió ante nuestro plan a través del proceso paso a paso que se describe arriba.
Cuando su reclamo es sobre la calidad de la atención, tiene dos opciones adicionales:
Ahora puede enviar comentarios sobre su plan de medicamentos con receta o su plan de salud de Medicare directamente a Medicare.
Medicare toma sus reclamos de manera seria y utilizará esta información para mejorar la calidad del programa de Medicare. Si tiene cualquier otro comentario o inquietud, o si considera que el plan no está tratando su problema, llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), durante las 24 horas, los 7 días de la semana. Los usuarios de TTY pueden llamar al 1-877-486-2048. La llamada es gratuita.
Consulte la Sección 11 del Capítulo 9 para obtener información sobre reclamos y quejas en la Evidencia de cobertura.
¿Qué es una determinación de cobertura?
Una determinación de cobertura es una decisión inicial que tomamos con respecto a sus beneficios y la cobertura, o con relación al monto que pagaremos por sus servicios médicos o medicamentos. Tomamos una determinación de cobertura cada vez que decidimos lo que está cubierto para usted y cuánto tenemos que pagar.
Si usted o su médico no están seguros de si un servicio está cubierto por Medicare o Medicaid, uno de los dos puede solicitar una determinación de cobertura antes de que el médico brinde el servicio. ¿A quién puedo llamar para pedir ayuda para solicitar una determinación de cobertura?
Puede pedir ayuda a las siguientes personas:
Los miembros del Plan de necesidades especiales de doble elegibilidad de Aetna Medicare Advantage tienen derecho a presentar una apelación, también conocida como “reconsideración”, si reciben un aviso de lo siguiente:
Una vez que el miembro reciba una notificación por escrito, podrá presentar una apelación dentro de los 60 días a partir de la fecha de la carta de notificación. El miembro puede llamar o escribir una carta a Aetna para presentar una apelación. Un equipo especial revisará la apelación para determinar si tomamos la decisión correcta. Respecto de las decisiones de autorización, notificaremos al miembro por escrito sobre los resultados de nuestra reconsideración, en un plazo de 15 días calendario como máximo a partir de la fecha en la que se recibió la apelación. Respecto de las decisiones de pago, notificaremos al miembro por escrito, en un plazo de 60 días calendario como máximo.
Los miembros pueden llamar al 1-855-463-0933 (TTY: 711), de 08:00 a. m. a 08:00 p. m., los siete días de la semana, para presentar una apelación o enviarla a la siguiente dirección:
También pueden enviar la apelación por fax al: 1-855-883-9555.
Si se necesita más tiempo para recopilar los registros médicos del miembro por parte de sus médicos, podemos tomarnos una extensión de 14 días. Un miembro también puede solicitar una extensión si necesita más tiempo para presentar evidencia que respalde su apelación. Le notificaremos al miembro por escrito si se necesita una extensión.
Los miembros pueden presentar una solicitud por una apelación rápida, también denominada “apelación acelerada” si consideran que aplicar el proceso de apelaciones estándar podría poner en riesgo su vida o su salud. Si Aetna decide que el plazo del proceso estándar podría poner en grave riesgo la vida del miembro, su salud o su capacidad para recuperar la función máxima, la revisión de esa solicitud será rápida.
Existen cinco niveles en el proceso de apelaciones de Aetna® por servicios y pagos denegados. Las opciones de apelaciones se determinan según la cobertura del artículo o servicio en cuestión: si tienen cobertura estándar de Medicare, Medicaid de Virginia o ambas. En la carta de determinación de cobertura se explicarán las opciones de apelaciones para el artículo o servicio que se rechaza.
El término legal para “apelación rápida” es “reconsideración acelerada”.
Niveles de apelación
Revisión estándar
Al recibir la apelación, Aetna le enviará al miembro una carta para confirmar el motivo de la apelación. La reconsideración será evaluada por un especialista en apelaciones y por un experto médico, si fuera necesario. Aetna le notificará al miembro en menos de 15 días calendario para las solicitudes de servicio (más 14 días si se toma una extensión) o en menos de 60 días calendario para las reconsideraciones de pago.
Si Aetna está de acuerdo con la denegación original, en su totalidad o en parte, por un servicio que tiene cobertura estándar solo del Departamento de Medicaid de Virginia, el inscrito puede solicitar una audiencia imparcial estatal del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia.
El Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia revisará la apelación y notificará a todas las partes sobre su decisión.
Si la decisión de apelación de Nivel 1 de Aetna coincide con la denegación original, en su totalidad o en parte, por un servicio que tiene cobertura estándar solo de Medicare, el caso se envía automáticamente a la IRE para su reconsideración.
Si la decisión de apelación de Nivel 1 de Aetna coincide con la denegación original, en su totalidad o en parte, por un servicio que tiene cobertura estándar de Medicare y del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia, el caso se envía automáticamente a la IRE para su reconsideración.
La IRE revisará la apelación y notificará a todas las partes sobre su decisión en un plazo de 30 días para las solicitudes de servicio y de 60 días para las solicitudes de pago, a partir del día en que la IRE la recibe. Si la decisión de la IRE es desfavorable y el monto en cuestión cumple con el límite apropiado, el miembro puede solicitar una audiencia con el juez administrativo (ALJ). El miembro debe seguir las instrucciones que figuran en el aviso de la IRE. Si el servicio tiene cobertura estándar de Medicare y del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia, el miembro también puede solicitar una audiencia imparcial estatal del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia. Aetna notificará al miembro sobre sus derechos y cómo solicitar una audiencia imparcial estatal si aún no lo ha hecho.
Si la decisión del juez administrativo es desfavorable, el miembro puede apelar ante el Consejo de apelaciones de Medicare (MAC), que pertenece al Departamento de Salud y Servicios Humanos que revisa las decisiones del juez administrativo.
Si la decisión del MAC es desfavorable y el monto en cuestión cumple con el límite apropiado, el miembro puede solicitar una revisión judicial a través del Tribunal Federal.
Si el miembro no quiere aceptar la decisión, es posible que pueda pasar al siguiente nivel del proceso de revisión. Depende de la situación. Cuando el revisor rechaza la apelación del miembro, en el aviso que reciba se le indicará si las normas le permiten pasar al siguiente nivel de apelación. Si las normas le permiten al miembro continuar, en el aviso escrito que reciba también se le indicará con quién ponerse en contacto y qué hacer a continuación si decide seguir con la apelación.
Revisión rápida
Solo está disponible para reconsideraciones de servicios aún no recibidos. Al recibir la apelación, Aetna revisará la solicitud de reconsideración para determinar si cumple los criterios de revisión rápida. La reconsideración será evaluada por un especialista en apelaciones, junto con un experto médico si fuera necesario. Aetna le notificará al miembro por escrito si la apelación no cumple los criterios de revisión rápida en el plazo de dos (2) días calendario a partir de la recepción y la transferirá a un plazo de revisión estándar. Para las apelaciones rápidas, Aetna le notificará al miembro sobre la decisión de reconsideración tan pronto como su afección médica lo requiera, pero antes de las 72 horas desde la recepción de la apelación (más 14 días si se toma una extensión).
Si Aetna está de acuerdo con la denegación original, en su totalidad o en parte, por un servicio que tiene cobertura estándar solo del Departamento de Medicaid de Virginia, el inscrito puede solicitar una audiencia imparcial estatal del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia.
El Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia revisará la apelación y notificará a todas las partes sobre su decisión.
Si la decisión de apelación de Nivel 1 de Aetna coincide con la denegación original, en su totalidad o en parte, por un servicio que tiene cobertura estándar solo de Medicare, el caso se envía automáticamente a la IRE para su reconsideración.
Si la decisión de apelación de Nivel 1 de Aetna coincide con la denegación original, en su totalidad o en parte, por un servicio que tiene cobertura estándar de Medicare y del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia, el caso se envía automáticamente a la IRE para su reconsideración.
La IRE revisará la apelación y notificará a todas las partes sobre su decisión en un plazo de 72 días para las solicitudes aceleradas y de 30 días para las solicitudes estándar, a partir del día en que la IRE la recibe (más 14 días si se toma una extensión). Si la decisión de la IRE es desfavorable y el monto en cuestión cumple con el límite apropiado, el miembro puede solicitar una audiencia con el juez administrativo (ALJ). El miembro debe seguir las instrucciones que figuran en el aviso de la IRE. Si el servicio tiene cobertura estándar de Medicare y del Departamento de Medicaid de Virginia, el inscrito puede solicitar una audiencia imparcial estatal del Departamento de Servicios de Asistencia Médica (DMAS) de Virginia. Aetna le recordará al miembro sobre sus derechos y cómo solicitar una audiencia estatal si aún no lo ha hecho.
Si la decisión del juez administrativo es desfavorable, el miembro puede apelar ante el Consejo de apelaciones de Medicare (MAC), que pertenece al Departamento de Salud y Servicios Humanos que revisa las decisiones del juez administrativo.
Si la decisión del MAC es desfavorable y el monto en cuestión cumple con el límite apropiado, el miembro puede solicitar una revisión judicial a través del Tribunal Federal.
Si el miembro no quiere aceptar la decisión, es posible que pueda pasar al siguiente nivel del proceso de revisión. Depende de la situación. Cuando el revisor rechaza la apelación del miembro, en el aviso que reciba se le indicará si las normas le permiten pasar al siguiente nivel de apelación. Si las normas le permiten al miembro continuar, en el aviso escrito que reciba también se le indicará con quién ponerse en contacto y qué hacer a continuación si decide seguir con la apelación.
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